Borrar datos de internet. Borrar datos negativos | Finternet

Borrar datos de internet. Empresa de Borrado de datos negativos en Google y Redes Sociales. Derecho al Olvido y Reputación Online para empresas

  • Inicio
  • Borrado datos
  • Reputación Online
  • Seguridad
  • Blog
  • Contacto
Usted está aquí: Inicio / Archivos paraFinternet

07/10/2015 By Finternet Dejar un comentario

Cómo borrar nuestra “huella digital” y ¿cuándo nos roban la identidad?

google-privacidad

Una foto que no nos gusta, un comentario desafortunado sobre nuestra persona, una publicación oficial en un boletín, nuestros datos de contacto en un currículum publicado en una página web.. son algunos de los ejemplos de información personal que puede rondar por la red que puede ser molesta y queramos eliminar.

Y es que, en algunas ocasiones somos nosotros mismos los que proporcionamos y subimos la información a internet; pero otras veces son terceros los que la publican. Puede ser que pensemos que si la hemos subido nosotros, no exista ningún problema, ya la retiraremos más adelante cuando nos moleste,.. pero , ¿y si pasa tanto tiempo que ya no utilizamos la cuenta de correo electrónico con la que nos registramos y no recordamos la contraseña? O aún peor, ¿y si alguien copió esa información, y luego la replicó por otras páginas web que ya no podemos controlar?

Además, no podemos perder de vista que toda esa información que arroja internet sobre nosotros permite a terceros poderla utilizar con fines fraudulentos, por ejemplo, suplantar nuestra identidad y actuar frente a otras personas o empresas como si fueran nosotros. Construirse una identidad falsa con datos ciertos hoy en día no es demasiado complicado. Sin embargo, puede ser un verdadero drama para la víctima: no sólo deudas de considerable cantidad a su nombre, sino que también puede verse envuelto en problemas judiciales.

PASOS A SEGUIR:

En estos casos, lo primero que hay que hacer es rastrear lo que aparece sobre nosotros en internet a través de los motores de búsqueda como Google o Bing: un nombre y apellidos, un número de teléfono, nuestro “nickname” o apodo en redes sociales o foros, nuestro correo electrónico,.. e ir haciendo un listando con las diferentes URLs o links que vamos encontrando.

Una vez tengamos identificados los datos que queremos eliminar, entonces es cuando podemos actuar. Lo recomendable es dirigirse tanto al buscador que arroja la información que queremos eliminar, como a la página web en donde se encuentra alojada la misma, de forma que hagamos todo lo posible porque desaparezca todo rastro de información personal. Además, es importante dirigirse a cada una de las páginas web donde aparece esa información, habiéndola acotado e identificado previamente.

Sin embargo, conseguir el resultado esperado no siempre es tan fácil como pudiera parecer en un principio, ya que en la mayoría de ocasiones entrarán en conflicto dos tipos de derechos fundamentales: los contenidos en el art. 20 de la Constitución constituidos por la libertad de información y/o expresión; y los que se encuentran recogidos en el art. 18 relativos al derecho al honor, intimidad y propia imagen. Por eso, en los casos más complejos, es preferible dejar el asunto en manos de profesionales.

No obstante, hemos de ser conscientes de que el robo de identidad no sólo se produce a través de medios telemáticos o sirviéndose de la información que aparece en internet; sino que también puede producirse en el mundo físico y puede tener como origen el abandono de documentación personal (cartas, facturas, etc.) o el robo o pérdida del DNI.

En este último caso, se debe denunciar o notificar a la Policía o Guardia Civil esta situación para poder acreditar posteriormente que nuestra identidad se utilizó de forma fraudulenta en caso de que se nos exigiera algún tipo de responsabilidad civil o penal por una actuación que realmente no realizamos.

Aun así, siempre es preferible tomar medidas preventivas ante el robo de identidad -curiosear qué tipo de datos arroja la red sobre nosotros, ser precavido con la documentación que tiramos a la basura sin romper, denunciar o notificar a la policía el robo o pérdida de documentación personal,.. entre otros- a esperar a reaccionar una vez que esto haya ocurrido, sobre todo, teniendo en cuenta las dificultades añadidas que conlleva el hecho de tener que demostrar tu propia inocencia en base a hechos que no han existido – pudiendo dar lugar a lo que en derecho se denomina probatio diabolica-.

Visto en Finanzas.com

Archivado en:Borrado de Datos

07/10/2015 By Finternet Dejar un comentario

Derecho al olvido en Internet: nueva sentencia de la Audiencia Nacional

buscadores_derechoalolvidoeninternet

Derecho al olvido en Internet: nueva sentencia de la Audiencia Nacional

Un ciudadano canario es el protagonista de la última sentencia publicada por la Audiencia Nacional referente a un caso de derecho al olvido en Internet. Con este caso, el órgano de justicia español ha dado la razón a 18 personas en sus solicitudes de ejercicio de esta normativa europea derivada de la sentencia contra Google del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el conocido como “caso Costeja”.

Sentencia de la Audiencia Nacional en un caso de derecho al olvido

Sentencia relacionada con el “caso Eólico”

El ciudadano aludido por esta sentencia había presentado previamente ante la Agencia Española de Protección de Datos una denuncia donde exigía la eliminación de los buscadores de informaciones en las que se le relacionaba con el conocido “caso Eólico”. El “caso Eólico” consiste en una trama en la funcionarios, políticos y empresarios quienes fomentaban la promoción de parques de energía eólica en Canarias a cambio de comisiones y otros pagos.

En Marzo de 2007, el Juzgado de Instrucción número 7 de Las Palmas de Gran Canaria decretó un Auto donde se estimaba el sobreseimiento provisional de tres de las personas imputadas en este caso. Tras la publicación de este Auto, una de estas tres personas solicitó a los buscadores la eliminación de los enlaces a contenidos que consideraba lesivos contra su persona aunque, en ese momento, no obtuvo ninguna respuesta positiva.

Tras la negativa de los motores de búsqueda, este ciudadano español recurrió a la AEPD, organismo que le otorgó la razón a finales del año 2011. La sentencia de la AEPD obligaba a Google y Microsoft (responsable del buscador Bing) a la supresión de un determinado número de enlaces aunque no hizo lo propio con Yahoo Ibérica, con lo cual el afectado consiguió solo un resultado parcialmente satisfactorio.

En ese momento, Google argumentó no ser responsable de los resultados obtenidos al introducir un nombre en la caja de búsqueda de su motor atribuyendo tal responsabilidad a Google Inc. Un detalle importante, ya que en este momento, el gigante de Internet quiso remarcar la diferencia entre su dominio principal, “google.com” y el dominio correspondiente a España, “google.es”. Una posición que aún sostiene pese a la oposición de las autoridades europeas, especialmente del CNIL, organismo de la protección de datos en Francia, y entidad con la que la compañía norteamericana vive una compleja situación legal colocando todo el foco de interés en el ámbito de aplicación de este derecho al olvido.

Recordamos que las autoridades francesas están presionado para que el ejercicio de esta normativa se haga efectivos en todos los dominios de Google y no solo en las páginas locales correspondientes a dominios europeos amenazando con imponer sanciones económicas al gigante norteamericano de no cumplir con sus ordenamientos.

Resolución del caso

A pesar de la reclamación de la AEPD a esta defensa de Google, para alcanzar una resolución definitiva del caso ha habido que esperar a una sentencia que ha sentado jurisprudencia a nivel europeo.

Gracias a esta sentencia, el ciudadano consiguió que se eliminarán algunos de los enlaces a los contenidos solicitados aunque no sucedió lo mismo con los comentarios de algunos lectores de las publicaciones originales. Yahoo también quedó exenta de tener que cumplir la sentencia ya que en la solicitud elevada a la compañía no se especificaron los enlaces a suprimir.

La AEPD recurrió a la normativa sobre protección de datos donde se establece que:

“Ningún ciudadano que ni goce de la condición de personaje público, ni sea objeto de hecho noticiable de relevancia social tiene que resignarse a soportar que sus datos circulen por la red sin poder reaccionar ni corregir la inclusión ilegítima de los mismos en un sistema de comunicación universal como internet”.

Tras el recurso presentado por Google, la Audiencia Nacional ha concluido que el buscador debe eliminar los contenidos solicitados por el reclamante ya que carecen de valor y relevancia suficiente que justifiquen la prevalencia del interés público sobre los derechos fundamentales de la persona afectada.

Visto en Derechoalolvido.es

Archivado en:Derecho al olvido

07/10/2015 By Finternet Dejar un comentario

Compartir información personal de servidores de Europa a Estados Unidos ya no será posible

15518906697_0b175b171a_z-960x623

Anteriormente, empresas como Facebook, Google, Amazon, Twitter, entre muchas otras, podían transferir la información de sus usuarios en Europa, a servidores en los Estados Unidos. Este acuerdo se le solía conocer como “Safe Harbour”. Pero, con información de El Confidencial, esto ya no será posible.

El Tribunal de Justicia Europea, acaba de invalidar el acuerdo que permitía la transferencia de datos personales de usuarios de Europa a los EE.UU., la razones que da, es que las leyes de protección de datos en el país de América del Norte, no son lo suficientemente robustas para garantizar la privacidad de los usuarios.

Esta nueva postura no es vinculante, por lo que será decisión de cada país miembro de la Unión Europea, decidir si la llevan a cabo o no. Pero todo indica que todos los involucrados la llevarán a cabo. Falta confirmar esto, tan pronto los países se pronuncien al respecto.

Por sorprendente que parezca, los más afectados, son las más de 4,500 empresas de los Estados Unidos, que se verán imposibilitadas de transferir información de sus usuarios desde Europa. Esto afecta a empresas de todos los tamaños, incluyendo a Facebook y es que de hecho, fue gracias a Maximillian Schrems, un ciudadano austriaco, que esto llegó al Tribunal de Justicia Europeo, debido a la denuncia que puso a Facebook por considerar ilegal que dicha red social transfiriera sus datos desde Irlanda a los EE.UU.

El argumento de Schrems se fortaleció con las declaraciones de Edward Snowden acerca del espionaje que realiza la NSA a ciudadanos, países y corporaciones

Ya veremos de qué manera les afecta a las empresas gringas esta decisión.

Visto en FayerWayer 

Archivado en:Privacidad

Copyright © 2021 FinterNET - Mapa - Política de Privacidad - Aviso Legal - Web - CORBAX - APlicaciONE